{"id":6763,"date":"2011-12-14T15:34:19","date_gmt":"2011-12-14T20:34:19","guid":{"rendered":"http:\/\/www.gustavopaezescobar.com\/site\/?p=6763"},"modified":"2014-04-30T10:19:33","modified_gmt":"2014-04-30T15:19:33","slug":"discriminacion-pensional","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/www.gustavopaezescobar.com\/site\/2011\/12\/14\/discriminacion-pensional\/","title":{"rendered":"Discriminaci\u00f3n pensional"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><strong><em>Salpic\u00f3n<\/em><\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong>Por: Gustavo P\u00e1ez Escobar<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Varios lectores se han dirigi\u00addo a esta columna para expresar su solidaridad respecto al tema analizado hace poco con el t\u00edtulo <em>R\u00e9gimen de pensiones.<\/em> Sobre la prima del mes de junio, aprobada en principio s\u00f3lo para las pensiones anteriores al primero de enero de 1988, mis corresponsales coinciden en afirmar que con ese hecho se har\u00eda m\u00e1s discriminatorio a\u00fan el r\u00e9gimen social, y que por consiguiente dicha prima, por la que se lucha desde hace largos a\u00f1os, debe decretarse para la totalidad de las pensiones.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El senador Alfonso Angarita Baracaldo, abanderado de esta causa, me comenta que en conversaciones que ha tenido con el alto Gobierno dentro de las reformas que se le hacen al proyecto de ley, se ha despejado el ambiente para que la prima de junio sea general. Desde Bucaramanga me escribe Eduardo Moreno Blanco, presidente de la Asociaci\u00f3n de Pensionados de la UIS, la interesante carta que transcribo a continuaci\u00f3n:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u00abLe\u00ed con mucho inter\u00e9s su art\u00edculo <em>R\u00e9gimen de pensiones<\/em> y deseo hacerle algunos comentarios al respecto, especialmente sobre la discriminaci\u00f3n al aprobar la prima adicional de junio. S\u00f3lo ahora se protesta por esta pol\u00edtica discrimi\u00adnatoria, cuando este aspecto es de vieja data. La ley 71 de 1988 discrimin\u00f3 en dos clases a los tensionados al no legislar sobre la situaci\u00f3n de deterioro de las pensiones anteriores, y hoy tenemos las pensiones devaluadas antes de 1988 que la ley 71 las mantiene en esa situaci\u00f3n, y las pensiones posteriores a dicho a\u00f1o que conservan su poder adquisitivo inicial, como se observa en el cuadro que le adjunto y que muestra que hay pensiones que han perdido el 75% de su poder adquisitivo inicial (y s\u00f3lo se trata de pensiones de 1976 en adelante).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u00abUsted dice que la ley 6\u00aa de 1992 ajust\u00f3 algunos desequilibrios, pero no dice que esta ley tambi\u00e9n fue discriminatoria al legislar s\u00f3lo en favor de las pensiones de jubilaci\u00f3n del sector p\u00fablico nacional. No dijo nada sobre reajustes a los pensiona\u00addos de los otros sectores p\u00fablicos, ni se ocup\u00f3 de las pensiones del sector privado. Estas discriminacio\u00adnes son todav\u00eda m\u00e1s injustas y odiosas pero no se han ventilado en las columnas period\u00edsticas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u00abComo usted bien lo dice, nunca las discriminaciones han sido de buena ley, y por eso lo invito a luchar para que se legisle en este sentido, suprimiendo todas las dis\u00adcriminaciones que la ley ha introducido en la poblaci\u00f3n pensional, separ\u00e1ndola inicialmente en sectores oficial y privado; luego, al primero de ellos en oficial, semioficial, empleados p\u00fablicos y tra\u00adbajadores oficiales; y por \u00faltimo, creando subsectores dentro de es\u00adtos, llam\u00e1ndolos \u00f3rdenes o niveles nacional, departamental, munici\u00adpal, cuando lo cierto es que las necesidades de todos los pensiona\u00addos, como seres humanos pertenecientes a un mismo pa\u00eds, son de la misma magnitud. Para superar todas estas incongruencias me per\u00admito adjuntarle un borrador de un proyecto de ley que trata de resta\u00adblecer el poder adquisitivo de todas las pensiones, en todos los niveles\u00bb.<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\">* * *<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El proyecto a que hace referencia la comunicaci\u00f3n anterior consiste en determinar, para todas las pen\u00adsiones vigentes, el n\u00famero de sala\u00adrios m\u00ednimos (y la respectiva frac\u00adci\u00f3n) con que qued\u00f3 conformada la pensi\u00f3n inicial, para restituir, frente a la misma cantidad de salarios m\u00ednimos de la actualidad, la p\u00e9rdida econ\u00f3mica que ha sufrido esta prestaci\u00f3n a trav\u00e9s del tiempo. Los reajustes correspondientes, seg\u00fan la sabia iniciativa de la Asociaci\u00f3n de Bucaramanga, se pagar\u00edan gradualmente, en quintas partes anuales, a partir del primero de enero de 1994, hasta restablecer el n\u00famero inicial de salarios m\u00ednimos de cada pensi\u00f3n, o el tope m\u00e1ximo de 15 salarios m\u00ednimos fijado por la ley de 1988.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em><strong>El Espectador, <\/strong><\/em>Bogot\u00e1, 23-VIII-1993.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Salpic\u00f3n Por: Gustavo P\u00e1ez Escobar Varios lectores se han dirigi\u00addo a esta columna para expresar su solidaridad respecto al tema analizado hace poco con el t\u00edtulo R\u00e9gimen de pensiones. Sobre la prima del mes de junio, aprobada en principio s\u00f3lo para las pensiones anteriores al primero de enero de 1988, mis corresponsales coinciden en afirmar [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[53],"tags":[107],"class_list":["post-6763","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-temas-laborales","tag-temas-laborales"],"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/www.gustavopaezescobar.com\/site\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/6763","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"http:\/\/www.gustavopaezescobar.com\/site\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/www.gustavopaezescobar.com\/site\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/www.gustavopaezescobar.com\/site\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/www.gustavopaezescobar.com\/site\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=6763"}],"version-history":[{"count":3,"href":"http:\/\/www.gustavopaezescobar.com\/site\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/6763\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":12665,"href":"http:\/\/www.gustavopaezescobar.com\/site\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/6763\/revisions\/12665"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/www.gustavopaezescobar.com\/site\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=6763"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/www.gustavopaezescobar.com\/site\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=6763"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/www.gustavopaezescobar.com\/site\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=6763"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}