{"id":7174,"date":"2011-12-16T17:55:09","date_gmt":"2011-12-16T22:55:09","guid":{"rendered":"http:\/\/www.gustavopaezescobar.com\/site\/?p=7174"},"modified":"2014-04-30T10:35:46","modified_gmt":"2014-04-30T15:35:46","slug":"indolencia-con-los-pensionados","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/www.gustavopaezescobar.com\/site\/2011\/12\/16\/indolencia-con-los-pensionados\/","title":{"rendered":"Indolencia con los pensionados"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><strong>Por: Gustavo P\u00e1ez Escobar<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La ley 100 de 1993 dej\u00f3 algunos va\u00adc\u00edos que se prestan para injusticias. Tal el caso del art\u00edculo 143, que establece para los pensionados con anterioridad al \u00a0primero de enero de 1994 un \u00abreajuste mensual equivalente a la eleva\u00adci\u00f3n en la cotizaci\u00f3n para salud\u00bb. Y al mismo tiempo dispone que la cotizaci\u00f3n para salud (que hoy es del 12%) sea en su totalidad a cargo del pensionado.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Este sistema no ofrece dificultad cuando la pensi\u00f3n la paga directamente la empresa, es decir, antes de que opere la fi\u00adgura de la compartibilidad y en tal virtud se decrete la pensi\u00f3n de vejez que entra a atender el Seguro Social al cumplirse la edad reglamentaria, pensi\u00f3n que puede llegar hasta el 90% de la cifra total. La em\u00adpresa, antes del reparto de la prestaci\u00f3n en dos pagadur\u00edas (Seguro Social y em\u00adpresa), ajustaba la mesada en la forma or\u00addenada por la ley, y al mismo tiempo de\u00adduc\u00eda el 12%, lo que equival\u00eda a que el verdadero porcentaje que pagaba el tra\u00adbajador para salud fuera de 2,33%.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u00bfQu\u00e9 ocurre, o puede ocurrir, cuando el Seguro Social se hace cargo del 90% de la pensi\u00f3n? Que sobre ella, que es casi to\u00adda la mesada, le deduce al beneficiario la totalidad de la cotizaci\u00f3n para salud (el 12%). Desde luego, en este caso el patro\u00adno debe seguir haciendo el incremento sobre toda la pensi\u00f3n (dividida ahora en dos pagadur\u00edas), y no s\u00f3lo sobre la suma que le qued\u00f3 de remanente, que es una m\u00ednima parte.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Cuando se procede en perjuicio del antiguo trabajador \u2013y hay empresas que lo hacen por estrechez de criterio o por falta de equidad\u2013 se est\u00e1 burlando el esp\u00ed\u00adritu de la ley. Ser\u00eda ut\u00f3pico pensar que por efecto de la compartibilidad deba el pensionado (que cotiz\u00f3 toda una vida para salud) recibir, cuando m\u00e1s m\u00e9ritos ha acumulado, el considerable perjuicio que se derivar\u00eda de una errada interpre\u00adtaci\u00f3n de la ley.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u00bfAcaso ser\u00eda justo que la mesada que antes contribu\u00eda con el 2,33% para dicho rengl\u00f3n se disminuyera con el 12% al asumirla el Seguro Social? Este es un por\u00adcentaje excedido, que no lo pagan los trabajadores en servicio activo (cuya cotizaci\u00f3n corresponde a la tercera parte de la tabla, o sea, el 4%).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El Ministerio de Trabajo, en con\u00adcepto que tengo a la vista, se\u00f1ala que \u00ablos pensionados con anterioridad al primero de enero de 1994 no deben sufrir disminu\u00adci\u00f3n alguna en sus mesadas como conse\u00adcuencia de la cotizaci\u00f3n en salud\u00bb. Esto est\u00e1 claro. Es de elemental sentido co\u00adm\u00fan. Sin embargo, no todas las empre\u00adsas entienden, o practican, ese principio de justicia.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Es necesario que la propia ley busque mecanismos operantes para evi\u00adtar las evasivas de las empresas. As\u00ed, ade\u00adm\u00e1s, se protege a la llamada tercera edad \u2013la cenicienta triste de todos los Gobier\u00adnos\u2013, cuya causa abandera ahora el Banco Central Hipotecario en cabeza de su l\u00edder, animada de una gran sensibilidad social, la doctora Mar\u00eda Jos\u00e9 Garc\u00eda.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em><strong>El Espectador, <\/strong><\/em>Bogot\u00e1, 8-XI-1997.<br \/>\n<em><strong>Avancemos \u2013Asociaci\u00f3n de Pensionados del Banco Popular\u2013, <\/strong><\/em>diciembre de 1997<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\">* * *<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong>Comentarios:<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">A prop\u00f3sito del injusto des\u00adcuento del 12% que se hace a los pensionados para atender el ramo de la salud, a que se re\u00adfiere mi comentario reciente en <em>El Espectador,<\/em> me permito transcribir la siguiente comu\u00adnicaci\u00f3n recibida del senador Alfonso Angarita Baracaldo: \u00abCon relaci\u00f3n a su inquietud perm\u00edtame comunicarle que una de mis preocupaciones es exactamente la de lograr que el 12% con el que hoy contri\u00adbuye el pensionado para salud no se siga descontando de las menguadas mesadas pensionales que reciben. Con el apo\u00adyo de ustedes lograr\u00e9 que esto se constituya en una realidad\u00bb. GPE (<em>El Espectador,<\/em> 14-XI-1997)<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En <em>Cartas de los Lectores<\/em>, de <em>El Espectador,<\/em> el se\u00f1or Gustavo P\u00e1ez Escobar transcribe apar\u00adtes del comunicado del sena\u00addor Angarita en el cual mani\u00adfiesta que una de sus preocu\u00adpaciones es la de lograr que el 12% que se descuenta mensualmente a las mesadas de los pensionados con destino a la salud, no se siga cobrando: \u00abCon el apoyo de ustedes \u2013di\u00adce\u2013 lograr\u00e9 que esto se con\u00advierta en realidad\u00bb. L\u00e1stima que tanta belleza no fuera ver\u00addad, como sucedi\u00f3 con el proyecto de ley de nivelaci\u00f3n pensional prometido por \u00e9l durante tantos a\u00f1os y nunca cumplido. \u00bfC\u00f3mo vamos a creer que ahora s\u00ed lograr\u00e1 la supresi\u00f3n de este gravamen oneroso con destino a la sa\u00adlud, si ya no quedan ni trazas de credibilidad? <strong>\u00c1lvaro Duarte Guti\u00e9rrez, <\/strong>Bogot\u00e1 (<em>El Espectador,<\/em> 1-XII-1997)<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En comunicaci\u00f3n dirigida al columnista don Gustavo P\u00e1ez Escobar se indica:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Ante el gran drama de los pensionados de Colombia, bien definidos por usted co\u00admo \u00abla cenicienta triste de to\u00addos los Gobiernos\u00bb, un h\u00e1lito de consuelo y esperanza reci\u00adben los em\u00e9ritos, cuando pe\u00adriodistas llenos de sensibili\u00addad social, como usted, com\u00adparten y exteriorizan el recla\u00admo y la protesta por el trato inhumano y discriminatorio que en este pa\u00eds del Sagrado Coraz\u00f3n sufre el gremio m\u00e1s necesitado e inerme, sin tener en cuenta que es el que con mayores merecimientos re\u00adquiere de protecci\u00f3n y grati\u00adtud por haber entregado los mejores a\u00f1os de su capacidad laboral al servicio de la patria y de la sociedad. Su acertado art\u00edculo <em>Indolencia con los pensionados,<\/em> escrito, como todo lo suyo, con ese agrada\u00adble estilo que sus perseveran\u00adtes lectores disfrutamos, refle\u00adja las consecuencias de una de tantas normas y reglamenta\u00adciones absurdas, inclusive de caprichosa interpretaci\u00f3n, siempre en favor de las entida\u00addes patronales. Tan interesan\u00adte escrito suyo merece la grati\u00adtud de los pensionados que esperan que su aporte, como periodista destacado, conti\u00adn\u00fae favoreciendo la obten\u00adci\u00f3n de prop\u00f3sitos y el reco\u00adnocimiento de justicia hacia los pensionados.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Enrique Caycedo Tello, Carlos Felipe Franco Ni\u00f1o, Asociaci\u00f3n de Pensionados del Banco Central Hipotecario, <\/strong>Bogot\u00e1 (<em>El Espectador,<\/em> 10-XII-1997)<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por: Gustavo P\u00e1ez Escobar La ley 100 de 1993 dej\u00f3 algunos va\u00adc\u00edos que se prestan para injusticias. Tal el caso del art\u00edculo 143, que establece para los pensionados con anterioridad al \u00a0primero de enero de 1994 un \u00abreajuste mensual equivalente a la eleva\u00adci\u00f3n en la cotizaci\u00f3n para salud\u00bb. Y al mismo tiempo dispone que la [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[53],"tags":[107],"class_list":["post-7174","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-temas-laborales","tag-temas-laborales"],"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/www.gustavopaezescobar.com\/site\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/7174","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"http:\/\/www.gustavopaezescobar.com\/site\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/www.gustavopaezescobar.com\/site\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/www.gustavopaezescobar.com\/site\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/www.gustavopaezescobar.com\/site\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=7174"}],"version-history":[{"count":3,"href":"http:\/\/www.gustavopaezescobar.com\/site\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/7174\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":12669,"href":"http:\/\/www.gustavopaezescobar.com\/site\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/7174\/revisions\/12669"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/www.gustavopaezescobar.com\/site\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=7174"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/www.gustavopaezescobar.com\/site\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=7174"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/www.gustavopaezescobar.com\/site\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=7174"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}